Logo Fernández Aaedo


El 1 de enero de 2027 está prevista la entrada en vigor de una nueva edición del ADR, el acuerdo internacional que regula el transporte de mercancías peligrosas por carretera.

Para las empresas que trabajan con productos químicos, cisternas y transporte internacional, no se trata simplemente de una nueva edición del reglamento. Las modificaciones introducen cambios técnicos en diferentes ámbitos y hacen recomendable revisar con antelación qué disposiciones afectan a cada tipo de vehículo, mercancía y operación.

Además, el calendario es especialmente relevante: los cambios fueron notificados formalmente a los países parte el 1 de julio de 2026 y el plazo para presentar objeciones termina el 1 de octubre. Si no se presentan objeciones conforme al procedimiento establecido, las modificaciones tendrán efecto a partir del 1 de enero de 2027.

¿Qué cambia con el ADR 2027?

La revisión del ADR incorpora modificaciones relacionadas con diferentes áreas del transporte de mercancías peligrosas.

Entre ellas se encuentran nuevas y revisadas disposiciones para determinadas baterías de litio, baterías de sodio-ion y baterías híbridas, disposiciones vinculadas al transporte de hidrógeno, cambios relacionados con determinados envases y embalajes y nuevas exigencias en materia de seguridad de los vehículos.

También se introducen numerosas modificaciones técnicas en las disposiciones relativas a embalajes y cisternas.

Por eso, hablar de “los cambios del ADR 2027” como si afectaran de la misma manera a todas las empresas puede llevar a una conclusión equivocada.

Una misma actualización no afecta igual a todas las flotas

Una empresa que transporta mercancías peligrosas en bultos no tiene necesariamente las mismas obligaciones que una empresa especializada en líquidos químicos en cisterna.

Para determinar el impacto real de una modificación hay que tener en cuenta, entre otros aspectos:

  • las mercancías transportadas;
  • los números ONU correspondientes;
  • las clases de peligro;
  • el tipo de vehículo;
  • las características y homologación de las cisternas;
  • las disposiciones especiales aplicables;
  • la documentación utilizada;
  • las inspecciones y controles;
  • y las rutas nacionales o internacionales realizadas.

Por eso, revisar el ADR 2027 no debería consistir únicamente en descargar la nueva edición y buscar qué párrafos han cambiado.

Las cisternas requieren una revisión específica

En el caso del transporte en cisterna, las modificaciones técnicas merecen especial atención.

El ADR establece requisitos específicos para la construcción, equipamiento, utilización, inspección y marcado de las cisternas destinadas al transporte de determinadas mercancías peligrosas.

De hecho, entre los documentos de trabajo asociados a la revisión para 2027 aparecen modificaciones y disposiciones transitorias relacionadas específicamente con determinados tanques fijos y desmontables.

Esto hace especialmente importante comprobar qué requisitos afectan a cada equipo y, sobre todo, si existen disposiciones transitorias que permitan seguir utilizando determinados vehículos o equipos durante un periodo determinado.

No todos los cambios implican necesariamente sustituir un equipo o adaptar una cisterna de inmediato. Algunas modificaciones incorporan precisamente periodos transitorios.

Por eso, conocer la fecha de entrada en vigor de una modificación no siempre es suficiente. También hay que conocer cómo se aplica y durante cuánto tiempo pueden mantenerse determinadas condiciones anteriores.

¿Hay que esperar al 1 de enero?

No.

La entrada en vigor prevista para enero de 2027 no significa que sea necesario esperar hasta entonces para empezar a revisar la actividad.

Al contrario: el periodo previo permite identificar qué modificaciones son relevantes, comprobar qué vehículos y operaciones están afectados y preparar los cambios necesarios con tiempo.

Esto es especialmente importante en el transporte internacional.

Una empresa que trabaja entre España y Francia puede tener que coordinar los requisitos aplicables a una misma operación en diferentes puntos de la cadena logística y atravesar distintos territorios durante un mismo trayecto.

En estos casos, la planificación normativa forma parte de la planificación del transporte.

2027 no es solo una nueva edición del ADR

El ADR 2027 llega acompañado de otros cambios que apuntan hacia una transformación progresiva del transporte de mercancías por carretera.

Por un lado, se actualizan requisitos técnicos para adaptarlos a nuevas tecnologías y a la evolución de los vehículos y mercancías transportadas.

Por otro, Europa avanza hacia la digitalización de la información regulatoria mediante el Reglamento eFTI.

Para las empresas de transporte, el reto no consiste únicamente en conocer cada nueva norma.

Consiste en saber qué parte de cada cambio afecta realmente a su actividad y trasladarla a la operativa diaria.

En Fernández Aedo seguimos la evolución de la normativa aplicable al transporte de mercancías por carretera y, especialmente, a las operaciones con productos químicos y mercancías peligrosas en cisterna.

Porque en un sector en el que la normativa cambia constantemente, anticiparse también forma parte de hacer bien el trabajo.

Si desea tener más información sobre transporte mercancías peligrosas  o de alguno de nuestros servicios no dude en contactar con nosotros.