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El diciembre pasado, se aprobó por el Gobierno, bonificación de combustible para transportistas. Esto implica ciertas obligaciones formales que deben ser cumplidas para recibir la ayuda.

Se ha aprobado un nuevo Paquete de Ayudas a través de un Decreto-Ley, el cual incluye diversas medidas dirigidas al sector del transporte por carretera. Entre ellas, se encuentra la subvención de combustible para todos los vehículos de transporte, tanto pesados como ligeros, independientemente del tipo de combustible utilizado, ya sea diésel o gas natural.

Se determinó un valor específico para estas subvenciones de 0,20 euros por litro para los suministros de gasóleo efectuados entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023. Sin embargo, para los suministros de gasóleo realizados entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2023, el monto de la subvención disminuye a 0,10 euros por litro.

Las subvenciones al combustible se otorgarán de dos maneras diferentes, dependiendo del tipo de vehículo y/o del combustible utilizado:

En el caso de los propietarios de camiones y furgonetas con motores diésel que pesen menos de 7.5 toneladas de Masa Máxima Autorizada (MMA); o aquellos que funcionen con GNC, GNL o GLP, de cualquier tonelaje, deberán presentar una solicitud de subvención ante la Agencia Tributaria a partir del 1 de abril.

Esta solicitud será muy similar a las presentadas en los meses de abril y agosto del pasado año, y se abonará en un solo pago a partir de mayo.

Por otro lado, en el caso de los propietarios de camiones y cabezas tractoras con motores diésel de una MMA igual o superior a 7.5 toneladas, así como autobuses diésel y taxis registrados en el Censo de Beneficiarios de Gasóleo Profesional de la Agencia Tributaria, recibirán la subvención mensualmente junto con el reembolso correspondiente al gasóleo profesional por cada litro suministrado con tarjetas de combustible profesional o en depósitos de consumo propio autorizados para gasóleo profesional.

-¿Qué documentos son necesarios para realizar el trámite?

Antes de poder recibir las subvenciones, los beneficiarios deberán presentar lo siguiente a partir del 31 de enero:

  • Una declaración responsable en la que se indique explícitamente que han sufrido consecuencias económicas como resultado de la invasión de Ucrania.
  •  Una declaración que indique cualquier otra ayuda que hayan recibido en virtud del Marco Temporal Europeo Ucrania o del Marco Nacional.
  • Una declaración en la que se identifiquen las empresas con las que estén vinculados o asociados. Para presentar estas declaraciones, los beneficiarios deberán acceder a la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Aún no se ha establecido una fecha límite por parte de la Agencia Tributaria para la presentación de estas declaraciones, aunque se recomienda presentarlas en los primeros diez días de febrero para recibir la ayuda correspondiente al mes de enero junto con el pago mensual de la devolución del gasóleo profesional. En cualquier caso, según ha confirmado la Agencia Tributaria, el retraso en la presentación de estas declaraciones no conlleva la pérdida de las ayudas, sino simplemente un retraso en su pago.

 

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